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jueves, 19 de enero de 2012

Reglamentan publicidad a medicamentos "patito"


El Presidente Calderón firmó el Decreto
Reformas al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Suspensión inmediata, en 24 horas, de la publicidad de
productos que no cuenten con registro sanitario vigente.

 
México / Notiocho / Presidencia

Los medios de difusión deben asegurarse de que la publicidad que transmitan cuente con el permiso correspondiente o se haya presentado aviso ante la Secretaría de Salud, es uno de los principales cambios al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad que firmò el presidente Felipe Calderón.
El Primer Mandatario aseveró que con este Decreto se regulará la publicidad de los llamados "productos milagro", los cuales engañan a la población al prometer la cura a diversos padecimientos de salud.
"Era un imperativo del Gobierno Federal, -dijo- ejecutar acciones inmediatas y concretas en contra de estos fraudes a la salud".
La reforma, que tomó en cuenta a médicos, académicos, a la industria y organizaciones civiles, dota a la Secretaría de Salud de nuevas facultades para que, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), se acote la publicidad de estos productos.

Los principales cambios
Los medios de difusión deben asegurarse de que la publicidad que transmitan cuente con el permiso correspondiente o se haya presentado aviso ante la Secretaría de Salud.
La Secretaría de Salud ordenará a los medios de difusión la suspensión inmediata, en 24 horas, de la publicidad de remedios herbolarios, suplementos alimenticios o productos cosméticos que se publiciten o comercialicen como medicamentos o productos milagrosos cuando no cuenten con registro sanitario vigente.

Multas
Incremento de las multas, de 60 a 400 por ciento, para los fabricantes, distribuidores y comercializadores de este tipo de productos que violen las nuevas disposiciones normativas.
El Presidente aseguró que estas medidas garantizan que los productos descritos sólo se anuncien cuando cuenten con autorización sanitaria de la  COFEPRIS.

Favorecerá al consumidor
Así, la reforma, que entrará en vigor 30 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, favorecerá a los consumidores y la salud pública.
Además, refrendó el compromiso del Gobierno Federal en materia de salud, que se refleja en la ampliación de la cobertura través de instituciones como el Seguro Popular.
Recomendó a los mexicanos que eviten automedicarse o utilizar productos de dudosa procedencia.
Finalmente, señaló que esta medida forma parte de los esfuerzos por alcanzar un México más seguro, justo y próspero.

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